Garantía mínima para los vehículos nuevos
Lunes, 18 Agosto 
La ley, que ha llegado con 19 meses de retraso sobre las recomendaciones de la Directiva Europea, establece como principal novedad la ampliación del periodo de garantía a dos años para productos nuevos y un año para los de segunda mano. Asimismo, extiende el plazo de reclamación legal del comprador hasta tres años. Es importante señalar que la nueva norma afecta a cualquier nuevo producto o bien mueble, y por tanto a los vehículos, pero no a inmuebles ni servicios. Tampoco regula las compraventas entre particulares, que siguen sujetas al Código Civil.
Otro de los conflictos habituales que resuelve la Ley de Garantías es la responsabilidad ante productos defectuosos, que recae en el vendedor. Sólo en los casos en que al consumidor le suponga un quebranto excesivo dirigirse al vendedor, podrá ejercer su derecho directamente ante el fabricante o importador.
